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Renta Temporal 15 años con Anticipo Cl Alzukaitz (Irún – Guipúzcoa)
- Anticipo de 20.000 € y Renta Temporal durante 15 ños de 757€/al mes
Superficie:
Dormitorios:
Baños:
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN
Valor de Mercado:
Valor de Vivienda:
Edad:
DESCRIPCIÓN
Hombre de 79 años y mujer de 76 años venden la Nuda Propiedad de su vivienda de 87 m2 ,y trastero, en Cl Alzukaitz (Irún - Guipúzcoa), que están valorados en 230.000 €. Los vendedores se reserva, el usufructo vitalicio del inmueble
Se transmite a cambio de un Anticipo de 20.000 € y una Renta Temporal durante 15 años de 757€/mes.
DATOS DEL INMUEBLE
- • DESCRIPCIÓN: VIVIENDA EXTERIOR que consta de hall de entrada, pasillo distribuidor, salón, comedor, tres habitaciones (una de ellas con terraza cerrada), cocina con terraza y despensa y baño completo con ducha. Junto a la vivienda se transmite un TRASTERO.
• ESTADO DE CONSERVACIÓN: bueno.
OTROS DATOS
• Zona común: jardines.
• Condiciones de accesibilidad: Ascensor: SÍ (1). Acceso al portal: nivel de calle. Acceso a ascensor: 4 escalones con elevador salvaescaleras.
• La última ITE se realizó en 2022 con resultado desfavorable y deficiencias subsanadas. La próxima ITE se realizará en el año 2032.
DATOS DEL INMUEBLE
Dormitorios
Baños
Dimensión
Año de construcción
- VPO: No
OTROS DATOS DE LA OPERACIÓN
RENTA TEMPORAL CLÁSICA CON ANTICIPO
-
- Las Personas Mayores transmiten la nuda propiedad de la vivienda a cambio de un anticipo de capital más una renta temporal mensual y constante durante el plazo de 15 años o hasta el fallecimiento de los Rentistas si este hecho se produjera con anterioridad a cumplirse el plazo establecido. Los Rentistas se reservan el usufructo vitalicio de la vivienda hasta su fallecimiento o hasta su renuncia al mismo (en cuyo caso el importe de la renta mensual se incrementaría en un 50%), momento en el cual el comprador pasará a ser pleno propietario del inmueble. Los usufructuarios han solicitado reservarse en la Escritura el derecho a poder arrendar la vivienda. Por supuesto, dicho arrendamiento se ejercerá conforme a unas normas de obligado cumplimiento y estableciendo conforme marca la Ley que el arrendamiento se extinga automáticamente al fallecimiento de los usufructuarios.
- GASTOS ANUALES DEL INMUEBLE:
-
- Serán a cargo del comprador los recibos del IBI, las cuotas extraordinarias de Comunidad y el seguro del continente de la vivienda.
El resto de gastos, es decir, las cuotas ordinarias de comunidad, la Tasa municipal de Residuos Urbanos (si llegara a existir) y los recibos de los suministros serán a cargo de los usufructuarios.
- Serán a cargo del comprador los recibos del IBI, las cuotas extraordinarias de Comunidad y el seguro del continente de la vivienda.
Los Honorarios Profesionales de Mediación de GRUPO RETIRO y los impuestos asociados a esta operación no están incluidos en el precio.
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